
ANMAT informa a profesionales, empresas y a la población en general que, a través de la Disposición Nº 1612/26 , se ha incorporado al ordenamiento jurídico nacional la Resolución GMC Nº 48/10 “Lista de Sustancias de Uso Cosmético” en los términos del protocolo Ouro Preto del MERCOSUR.
Esta nueva Resolución establece aplicar las siguientes sustancias al artículo 8º de la Resolución GMC Nº 51/08 “Criterios y Mecanismo para la actualización de Listados MERCOSUR de Sustancias de Productos de Higiene Personal, Cosméticos y Perfumes”:
Acetato de plomo
Pirogalol
Formaldehído y paraformaldehído
De acuerdo con los términos del MERCOSUR, la norma entrará en vigor de forma simultánea en todos los Estados Partes. Esto ocurrirá 30 días después de que la Secretaría del MERCOSUR comunique que todos los países miembros han completado su incorporación interna.
Independientemente de este plazo internacional, se informará la fecha de vigencia efectiva en el país mediante un aviso específico en el Boletín Oficial de la Nación.


PROCLAMAS MEDIOAMBIENTALES: LOS COSMÉTICOS EN LA AGENDA MEDIOAMBIENTAL (1°Parte)

DE LA COSMETOLOGÍA AL SERVICIO SOCIAL:DESPERTANDO EL LADO HUMANO PARA ALCANZAR LA EQUIDAD SOCIAL













